Se prorroga el plan ‘MeCuida’ para trabajadores con personas dependientes a su cargo

El pasado 22 de septiembre se aprobó la prórroga del plan ‘MeCuida’ hasta el 31 de enero de 2021. Fue aprobado en marzo, al inicio de la pandemia y está dirigido a aquellos trabajadores que acrediten deberes de cuidado del cónyuge o pareja y de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad.

¿Qué características tiene el plan MeCuida?

No es un permiso remunerado, pero permite a quienes accedan a él quedarse en casa sin que por ello puedan ser despedidas o sancionadas. Las personas beneficiarias podrán reducir hasta el 100% de su jornada laboral, o reorganizarla, para afrontar el cierre de colegios y de otros centros sociales de atención. La modificación de jornada que se solicite se limitará a la duración del período excepcional.

¿Qué puedo hacer para adaptar mi jornada si cuento con este permiso?

Puedes solicitar las siguientes modificaciones:

  • Cambio de turno
  • Alteración de horario
  • Horario flexible
  • Jornada partida o continuada
  • Cambio en la forma de prestación del trabajo (incluyendo la prestación de trabajo a distancia o cualquier otro cambio de condiciones disponible)

¿Quiénes pueden acceder a este permiso?

Las personas trabajadoras por cuenta ajena que acrediten deberes de cuidado respecto al cónyuge o pareja de hecho, así como respecto de sus familias por consanguinidad hasta el segundo grado de la persona trabajadora.

¿Cuál es el procedimiento para solicitar el permiso?

La reducción de jornada deberá comunicarse a la empresa con 24 horas de antelación. Las adaptaciones de jornada deberán solicitarse de manera «justificada, razonable y proporcionada», para acomodarse a necesidades de organización de la empresa.

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