Asistimos al Seminario virtual organizado por Cermi sobre la nueva Directiva UE de requisitos de accesibilidad en productos y servicios

Nuestra coordinadora del Observatorio de Accesibilidad Regina Ruiz asistió el pasado día 28 de enero al seminario virtual de “La Directiva (UE) 2019/882 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de abril de 2019 sobre los requisitos de accesibilidad de los productos y servicios: Transposición al Derecho español” organizado desde CERMI con el apoyo del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Esta directiva va a suponer unas prestaciones mínimas de accesibilidad en determinados productos y servicios, que tendrán que cumplir unos estándares armonizados, incorporando por tanto de serie unos requisitos mínimos de accesibilidad.

Entre los avances que conlleva esta legislación europea se ha hablado de los libros electrónicos y su software, las aplicaciones móviles, el comercio online, el etiquetado y el embalaje… y beneficios como que quede concretizado lo que es la accesibilidad en la práctica para determinados productos y servicios, la necesidad que va a haber de profesionales especialistas en accesibilidad, que la accesibilidad va a ser una parte fundamental para poner el marcado CE o que a nivel de usuarios los precios de los productos y servicios que sean accesibles puedan bajar, por ejemplo, si hablamos de televisores ahora sólo los más caros son accesibles.

La Directiva afecta a productos y servicios centrados en temas de comunicación e información, pero quedan excluidos servicios tan fundamentales como los servicios de salud, educación, atención a la ciudadanía, urbanismo y vivienda, el transporte si es operado por microempresas así como el transporte urbano y regional, o los requisitos del entorno construido entre otros, pudiéndose dar casos como tener un cajero automático que tiene que ser accesible pero puede estar ubicado en un sitio que no lo es o comprar el billete de tren de forma accesible aunque después la estación, el andén o el propio tren no lo sean.

Pero esto no quita que cada Gobierno de los países miembro puede siempre ir más allá de lo estrictamente recogido en esta Directiva mediante el desarrollo de un Reglamento complementario que incorpore los aspectos que no han sido incluidos. En el caso de España nuestro punto de partida es mejor que el de otros países europeos pues España a diferencia de otros Estados miembro cuenta con una legislación amplia en materia de accesibilidad.

Frente a una Directiva planteada como una regulación del mercado interior se ha puesto de manifiesto que estamos ante una cuestión de derechos, no meramente frente a una cuestión que afecta la esfera del consumo.

Preocupan los plazos excesivamente largos que van al 28 de junio del año 2025 para los nuevos servicios, pasando por el 28 de junio del año 2027 para el número de emergencias 112 y llegan al 28 de junio de 2030 de prórroga para los contratos de servicios celebrados antes del 28 de junio de 2025; incluso la posibilidad de que los terminales de autoservicio utilizados legalmente por los prestadores de servicios para la prestación de servicios antes del 28 de junio de 2025 se sigan utilizando para la prestación de servicios similares hasta el final de su vida útil desde el punto de vista económico, aunque sin superar los veinte años después de su puesta en funcionamiento, pudiendo llegar por tanto en este caso al año 2045.

Otros aspectos negativos de la Directiva a los que se ha hecho referencia por los distintos participantes en reiteradas ocasiones han sido la relevancia que adquieren los mecanismos de control y sanción frente a los incumplimientos de la normativa en los que se pueda incurrir, la inclusión del concepto de carga desproporcionada y la preocupación que hay por establecer cómo se calcula, así como la concreción de algunas medidas que quedan en el aire, a criterio de cada país y cada administración.

Elena Antelo, directora de Cocemfe, en su intervención ha reivindicado además de estos aspectos la importancia de hacer fuerza para reducir los plazos de cumplimiento así como la necesidad de garantizar la cadena de accesibilidad.

La fecha límite para la trasposición de la Directiva al ordenamiento jurídico español es el 28-jun de 2022 y tal y como ha adelantado Jesús Martín Blanco, Director General de Derechos de las Personas con Discapacidad del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, va a tener que ser vía Real Decreto porque vamos muy ajustados de tiempo. Este Decreto Ley va a ser de estructura similar a la de la Directiva y se tiene previsto desarrollar un Reglamento más amplio.

En el seminario han intervenido representantes de entidades y administraciones del ámbito de la discapacidad.

Ha habido llamadas a la esperanza así como un espíritu de colaboración y construcción frente a una visión crítica dadas las carencias que tiene la Directiva, confiando en que en España se llegue más allá.

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